La publicación del Real Decreto 1053/2014, de 12 de diciembre, por el que se aprueba una nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 52 «Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos», del Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, y se modifican otras instrucciones técnicas complementarias del mismo, modifica la clasificación de instalaciones de Baja Tensión, de tal manera que a partir de esa fecha se categoriza en el grupo Z a las instalaciones correspondientes a la recarga del vehículo eléctrico. Hasta ese momento, el grupo Z se destinaba a “Tramitación general (instalaciones no comprendidas en ninguno de los apartados anteriores)”, quedando a partir de entonces ese grupo de instalaciones sin categorizar.
Aunque no ha habido confirmación formal por parte del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras del Gobierno Vasco, desde FEVIE hemos constatado como el Departamento a través de las tres Delegaciones de Industria han asignado tanto en ventanilla como en su herramienta telemática a un nuevo grupo, denominado Grupo X, la tramitación de las instalaciones sin categorizar (Tramitación general – no comprendidas en ninguno de los grupos anteriores).
A partir de ahora, tienes a tu disposición en el apartado programa Sibol de esta web, una versión actualizada del programa SIBOL2 conteniendo las nuevas asignaciones de los grupos de instalaciones Z (instalaciones correspondientes a la recarga del vehículo eléctrico) y X (Tramitación general – no comprendidas en ninguno de los grupos anteriores).